Abogados califican intimacion al Listin Diario y Diario Libre como acto de desesperación de la Z 101 - Barahoneros

domingo, 29 de agosto de 2010

Abogados califican intimacion al Listin Diario y Diario Libre como acto de desesperación de la Z 101



Abogados consultados calificaron como actos desesperados, las reiteradas amenazas y los ultimos actos llevados a cabo por el equipo de comunicadores del popular programa “El Gobierno de la Mañana” contra los medios de comunicación que han publicado en sus páginas, la demanda que interpusiera el empresario Félix Cabrera, contra la empresa GTB Radiodifusores, su propietario y el personal de ese espacio mañanero.

Desde el pasado lunes, los integrantes del tan escuchado programa, han emprendido un ataque frontal, contra los diarios matutinos de circulación nacional, el Listín Diario y el Diario Libre, por haber publicado, en espacio pagado, el texto integro de la demanda por difamación, injuria y calumnia, interpuesta en la Suprema Corte de Justicia del Estado de New York por el empresario Félix Cabrera.

Según se puede leer en la página interactiva con alcance mundial, Z 101 digital, propiedad del consorcio GTB Radiodifusores, su presidente Bienvenido Rodríguez Duran, Willie Rodríguez, Álvaro Arvelo hijo, Euri Cabral, Víctor Gómez Casanova, y Julio Martínez Pozo, solicitaron a los directores de los periódicos Listín Diario y Diario Libre una certificación que les revele el nombre de la persona que pagó y quién autorizó, dentro de los medios, la publicación de un espacio sobre una supuesta demanda interpuesta contra ellos en Nueva York, para ellos proceder a demandarlo.

La instancia fue formalizada por los abogados Jottin Cury y su hijo Julio Cury, en representación de la empresa radial y los periodistas que integran el popular programa de radio quienes solicitan que “en atención a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley No. 6132, del 15 de diciembre de 1962, el cual reputa como autor de su violación a la persona física o a los representantes autorizados de la empresa que disponga la publicación de anuncios pagados”, les sean dados por escrito los nombres de los responsables a fin de someterlos penalmente ante la Justicia”.

A criterio del abogado Raúl Jaques, del Buffet Jurídico Jaques & Asociados, los experimentados y respetables abogados, Jottin Cury y Julio Cury, han tratado de retorcer ante la opinión pública, lo estipulado en el artículo 46 de la Ley No. 6132, con temeridad y malicia, pues han desvirtuado en su texto y el contexto, lo que estipula el artículo 46, tomando por los cabellos, varias líneas del referido acápite para intimidar a los medios de comunicación y obligarlo a que le entreguen lo que exigen.

Agrega el Doctor Jaques, que conforme al criterio jurisprudencial se observa, que la ley sobre difusión y expresión del pensamiento tipifica en sus artículos Nos. 46, 47 y 48 como título: “De las Personas Responsables de Crímenes y Delitos cometidos por vía de la prensa; determina el orden de la responsabilidad penal precisando el articulo 46; quien es autor principal, el articulo 47, quien es cómplice, y el articulo 48, a quien corresponde la Responsabilidad Civil, en caso de crímenes y delitos previsto y reprimidos por esta ley, y cometidos por medio de la prensa.

Estarian utilizando del derecho de una manera indebida, anormal, innecesaria, excesiva, y perversa refiere el jurista, que el escrito publicado en espacio pagado, por los periódicos Listín Diario y Diario Libre, en ningún momento constituye un Crimen, ni un Delito que afecte la libre expresión y difusión del pensamiento, porque se refiere a una demanda que se encuentra en curso, en tribunales Norteamericanos, la cual explica el objeto, causa de la demanda, y el tribunal que conocerá de la misma.

Esto es la simple publicación, de algo que es del dominio público, según se puede observar en el siguiente link, http://www.diariohorizonte.com/edicion_virtual/Cabreravs.pdf, el cual no genera un delito, pero mucho menos un crimen, ya que no afecta, ni coarta el derecho de expresarse con libertad a los demandados, por el contrario le permite conocer más afondo las razones y motivaciones de la misma.

Argumentó el consultor jurídico que resulta paradójico que un medio de comunicación como la Z 101, y los comunicadores del mismo, pretenda coartar con artificios jurídicos, que la población dominicana conozca la demanda, de la cual son objeto, cuando ellos mismo, dicen ser partícipe de la libre información.

Por su parte, el abogado Pedro García Flores, expreso que los abogados Jottin y Julio Cury se están prestando a ejerce su profesión de forma temeraria, y con malicia, toda vez, que en su conducta y accionar en el orden profesional, deben saber la mínima razón para litigar y, no obstante, lo hacen, a sabiendas que sus “actuaciones legales” carecen de fundamentos jurídicos.

Del mismo modo, están abusando del empleo arbitrario del proceso o actos procesales, en contraposición a los fines de la jurisdicción, con un objeto netamente obstruccionista. “Abusan y agreden a la jurisdicción”, puesto que, sus actos procesales deben ser presentados ante la Suprema Corte de Justicia del Estado de New York, que es el tribunal en donde reposa la demanda por daños, perjuicios y calumnia presentada por el empresario Félix Cabrera, acotó el doctor García Flores.

En sí, refiere el doctor García Flores, “la misma teoría del Abuso del Derecho refiere que cuando se acciona procesalmente con mala fe (mala fe) y/o temeridad, se incurre en abuso del derecho, es decir, se comete dicho abuso debido a la utilización del derecho de una manera indebida, anormal, innecesaria, excesiva, perversa, injusta, desmedida, transgresora, anti funcional, impropia o inadecuada”.

“Cabe dejar constancia que generalmente dichas inconductas perturbadoras del proceso (que son producto del uso irregular, exagerado e ilimitado de un derecho subjetivo) no son abiertamente antijurídicas y requieren en consecuencia una supervigilia minuciosa y permanente del proceso. Por otro lado, señalamos que el referido acto denominado o calificado como abuso atenta o es contrario al análisis económico del derecho y a la sociedad, al margen de ser abiertamente alejado de la finalidad de la ley, legalidad y justicia”.

Los abogados Jottin y Julio Cury se están prestando a ejercer su profesión de forma temeraria, y con malicia
expresa el doctor García Flores, que los tratadistas, tales como: Gonzalo Fernández de León, dice que “desde el punto de vista jurídico, abuso es el hecho de usar de un poder o facultad, aplicándolos a fines distintos de aquellos que son ilícitos por naturaleza o costumbre”.

Así también, Couture define al abuso del derecho como una “forma excesiva y vejatoria de acción u omisión de parte de quien, so pretexto de ejercer un derecho procesal, causa perjuicio al adversario, sin que ello sea requerido por las necesidades de la defensa”.

Para Raúl Chanamé Orbe, el abuso del derecho es una “figura por la cual, se ejerce un derecho fuera de la finalidad para la que fue concebido, atropellando un interés legítimo, aún no protegido jurídicamente. Cuando el titular de un derecho lo ejercita con el fin de dañar a otro, no necesariamente con el fin de beneficiarse”.

Luís Ribó Durand, refiere acerca del abuso del derecho como, “… la posibilidad de que un sujeto de derecho, al hacer uso del poder jurídico que conlleva el derecho subjetivo del que es titular, ejercite dicho poder de forma antisocial”.

Plantea el doctor Pedro García Flores, en su conclusión, que de seguir dando palos a ciegas, este equipo de prestantes colegas, sin enfocar sus actuaciones al hecho real de la demanda incoada en territorio extranjero y, por estar ejerciendo el derecho de forma temeraria y maliciosa, podrían enfrentar una contra demanda de los propietarios de los medios Listín Diario y Diario Libre, así como del alguacil contra el que se querellaron sin fundamento alguno.

La imprudencia de los abogados actuante se evidencia, en tanto se vincula con el actuar o proceder procesal y la malicia se identifica más bien con la forma valiéndose de lo que está regulado, abusando de ello. Sin embargo, no debemos perder de vista que tanto la temeridad como la malicia- mala fe- (demostrados) en que están incurriendo estos abogados deben ser sumaria y ejemplarmente sancionadas por el juez del proceso, finalizo exponiendo el jurista García Flores