
Para ingresar a la Marina de Guerra hay que someterse a una prueba de VIH, aunque la Ley sobre SIDA establece que la prueba no debe ser un requisito laboral.
Para ingresar a la Marina de Guerra hay que someterse a una prueba de VIH, aunque la Ley 55-93 sobre SIDA establece que no se debe realizar ese examen para fines de contratación de personal.
“Las pruebas para el diagnóstico de infección por el VIH no deben realizarse: a) Para fines laborales, como requisito de ingreso a un trabajo o como condición para la permanencia en el empleo. b) Para fines propios de la atención en salud: cuando los resultados de la prueba condicionen la atención al paciente”, consigna la citada Ley en su artículo tres.
Sin embargo, el jefe de la Marina, Homero Luis Homero Luis Lajara Solá, argumenta que a esa institución no se le puede medir con los mismos parámetros que a otras entidades públicas o privadas, ya que sus miembros realizan un trabajo especial.
“La institución se reserva el derecho de crear el perfil que crea es más efectivo para las misiones que realiza”, dijo.
Luego, agregó: “Las fuerzas militares tienen una jurisdicción especial. En ese sentido, nosotros no podemos arriesgarnos a que personas que están confinadas en grupo, puedan tener algún tipo de contagio y no es discriminando, estoy de acuerdo con que se le de su derecho a esas personas, lo que yo creo es que, como Marina, tenemos que buscar un producto acabado. No somos una institución que realiza un trabajo normal”.
Sin embargo, de acuerdo con la Ley, las personas que obliguen a los solicitantes a realizar pruebas de VIH para fines de contratación pueden ser multadas.
“La violación del Artículo 3, acápite a) de la presente Ley en lo relativo a la permanencia o ingreso en el empleo, será castigada con multa de RD$30,000.00 (treinta milpesos oro) a RD$100,000.00 (cien mil pesos oro), y con el pago al empleado de un año de salarios independientemente de las prestaciones establecidas por el Código de Trabajo y demás Leyes laborales del país, para los casos de despido injustificado”, establece el artículo 36 de la Ley sobre Sida.
Dulce Almonte, quien dirige la Red de Personas Viviendo con VIH, explica que los militares no gozan de ningún privilegio para violar la Ley sobre SIDA.
Denuncia que en el país se realiza la prueba de manera ilegal porque muchos entienden que una persona con el virus está incapacitada, aunque no es cierto porque no necesariamente el portador del VIH, sufre los efectos de la enfermedad del SIDA.
El requisito está publicado por la institución en su sitio web: http://www.marina.mil.do/noticias/217-plan-estrategico-marina-del-milenio