La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió una serie de medidas para la aplicación de las nuevas obligaciones tributarias creadas por el recién aprobado paquete impositivo, a las bancas de lotería y apuestas deportivas y para las zonas francas.
La entidad emitió las normas generales 05-11, sobre la declaración y pago del impuesto sobre las ventas de las zonas francas, y la 06-11 sobre el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las bancas de lotería y de apuestas deportivas.
La norma 06-11 establece los procedimientos y requisitos para el registro oficial dispuesto en el artículo 9 de la Ley 139-11, que indica que en 30 días, luego de su promulgación, las bancas de lotería y de apuestas deportivas que operen con licencias expedidas por la Lotería Nacional o el Ministerio de Deportes y Recreación, anterior a la promulgación de la referida ley deberán registrarse en la DGII.
La institución estableció que el propietario de bancas registrará la central de procesamiento como establecimiento principal y como sucursal cada banca que posea, identificándolas con su nombre comercial.
Vencido el plazo del registro, la banca de lotería o de apuestas deportivas que no haya cumplido con el procedimiento del presente artículo, no estará autorizada a operar y se considerará ilegal cualquier transacción que realice; por tanto, la DGII aplicará la sanción sobre clausura de establecimientos, sin perjuicio de las otras sanciones que pudieran corresponder.
La DGII emitió la norma 05-11, para el pago del 2.5% de ISR sobre el valor de las ventas brutas locales de las zonas francas.